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Legal

Política de Tratamiento y Protección de Datos Personales

Proyecto Inmobiliario Residencial "The Point II"

Responsable del Tratamiento
Proyecto The Point II / Arkitec S.A.S.
Ámbito de Aplicación
Portal Web, Medios Digitales y Canales Físicos
Jurisdicción
República de Colombia
Normativa Aplicable
Ley Estatutaria 1581 de 2012 y Decreto Reglamentario 1074 de 2015
Fecha de Entrada en Vigor
Julio de 2026
Versión
1.0

TÍTULO I. MARCO JURÍDICO, OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1. Objeto y Fundamento Constitucional

La presente Política de Tratamiento y Protección de Datos Personales tiene por objeto dar estricto cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 15 de la Constitución Política de Colombia, el cual consagra el derecho fundamental de todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas, derecho genéricamente denominado como Habeas Data. El Proyecto Inmobiliario Residencial "The Point II", administrado comercial y operativamente por sus desarrolladores y el patrimonio autónomo constituido para tal fin, se compromete firmemente a salvaguardar la privacidad, confidencialidad, seguridad e integridad de la información personal de sus usuarios, clientes, prospectos, proveedores y trabajadores.

Artículo 2. Marco Normativo Aplicable

El régimen general de protección de datos personales de la República de Colombia se encuentra regulado de manera principal por la Ley Estatutaria 1581 de 2012, por medio de la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales. Asimismo, este cuerpo normativo es complementado, adicionado y compilado por el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo (Decreto 1074 de 2015, Capítulo 25 y 26), la Ley 1266 de 2008 en lo correspondiente a la información financiera y crediticia, y por los diferentes actos administrativos, circulares y doctrinas emitidas por la Superintendencia de Industria y Comercio en su calidad de Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales.

Artículo 3. Ámbito de Aplicación Subjetivo y Objetivo

Las disposiciones contenidas en este documento normativo interno de carácter vinculante regularán de manera integral todas las actividades relativas a la recolección, almacenamiento, uso, circulación, procesamiento, actualización, rectificación, supresión, transmisión o transferencia de datos personales que se efectúen dentro del marco del Proyecto Inmobiliario Residencial "The Point II". La política se aplicará indistintamente a los datos captados a través del portal web oficial del proyecto, de los formularios digitales de pauta publicitaria en redes sociales, de las interacciones mediante aplicaciones de mensajería instantánea, así como de los registros físicos obtenidos de forma directa en la sala de ventas, oficinas de la constructora o mediante cualquier canal de atención telefónico o presencial.

TÍTULO II. DEFINICIONES LEGALES Y JURISPRUDENCIALES

Artículo 4. Glosario de Términos

Para efectos de garantizar una correcta interpretación y aplicación de la presente política, de conformidad con los estándares legales y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, se adoptan los siguientes conceptos rectores:

Autorización: Se entenderá como el consentimiento previo, expreso, libre, inequívoco e informado que otorga el titular de los datos personales para que el Responsable o sus Encargados lleven a cabo el tratamiento de su información personal. Esta autorización podrá ser otorgada mediante mecanismos físicos, electrónicos o mediante conductas concluyentes que permitan concluir de manera inequívoca que se ha concedido el acceso.

Aviso de Privacidad: Es la comunicación verbal o escrita generada y puesta a disposición por el Responsable, dirigida directamente al titular de los datos, con el propósito de informarle sobre la existencia de las políticas de tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas, las finalidades comerciales, contractuales o legales que se pretenden dar a sus datos, y los canales institucionales para el ejercicio de sus derechos de Habeas Data.

Base de Datos: Hace referencia al conjunto organizado de datos personales que sea objeto de tratamiento por parte del Proyecto Inmobiliario Residencial "The Point II", tanto en formatos físicos como automatizados o digitales, estructurados de tal forma que permitan el acceso, consulta, cruce y filtrado de la información conforme a las necesidades operativas del Responsable.

Dato Personal: Constituye cualquier pieza de información vinculada o que pueda asociarse de manera directa o indirecta a una o varias personas naturales determinadas o determinables. Quedan excluidos de esta categoría los datos de personas jurídicas, respecto de los cuales no aplica el régimen de protección de la Ley 1581 de 2012.

Dato Público: Es aquel dato que la ley o la Constitución determinan expresamente como tal, así como aquellos que no sean semiprivados, privados o sensibles. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio, a su calidad de comerciante o de servidor público, y aquellos contenidos en registros públicos oficiales.

Dato Privado: Es el dato que, por su naturaleza íntima o reservada, solo resulta relevante para el titular de la información, requiriendo su autorización expresa para ser divulgado o tratado por terceros.

Dato Sensible: Se define como aquel dato que afecta de manera directa la esfera más íntima del titular, o cuyo uso indebido e injustificado puede llegar a generar situaciones de discriminación, exclusión o vulnerabilidad. En el contexto de este proyecto, comprenden los datos biométricos como huellas dactilares o registros fotográficos y de videovigilancia, así como eventuales datos de salud recopilados en el ámbito laboral o contractual.

Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento, en virtud de un vínculo contractual o convencional previo.

Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida de manera autónoma sobre la base de datos y/o el tratamiento de los datos. Para los efectos del presente documento, el Responsable es la entidad promotora y constructora del Proyecto Inmobiliario Residencial "The Point II".

Titular: Persona natural cuyos datos personales son objeto de tratamiento, ya sea en calidad de potencial comprador, cliente efectivo, copropietario, proveedor, contratista, empleado o mero usuario del portal web.

TÍTULO III. PRINCIPIOS RECTORES OBLIGATORIOS

Artículo 5. Aplicación Integrada de Principios Legales

El Proyecto Inmobiliario Residencial "The Point II" aplicará de manera armónica, integral y estricta los principios rectores establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano para el tratamiento de datos personales, los cuales constituyen las reglas de interpretación y de operación del sistema de protección:

El Principio de Legalidad impone que el tratamiento de datos sea una actividad reglada que debe sujetarse estrictamente a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y en las demás disposiciones que la desarrollen. El Principio de Finalidad determina que el tratamiento debe obedecer siempre a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual debe ser informada al titular de manera previa y clara.

El Principio de Libertad exige que el tratamiento solo pueda ejercerse con el consentimiento previo, expreso e informado del titular, quedando proscrita cualquier forma de obtención o divulgación de datos sin la debida autorización previa. El Principio de Veracidad o Calidad prescribe que la información sujeta a tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible, prohibiéndose el tratamiento de datos parciales, incompletos o que induzcan a error.

El Principio de Transparencia garantiza el derecho del titular a obtener del responsable, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que afecten su interés particular. El Principio de Acceso y Circulación Restringida establece que el tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de modo que solo podrán estar accesibles al personal autorizado por el Responsable.

El Principio de Seguridad obliga a la implementación de todas las medidas técnicas, humanas y administrativas que resulten necesarias para otorgar total seguridad a los registros, evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento. Por último, el Principio de Confidencialidad impone a todas las personas que intervengan en el tratamiento de datos personales la obligación profesional y legal de garantizar la reserva de la información, incluso después de finalizada su relación con las labores del proyecto.

TÍTULO IV. IDENTIFICACIÓN DEL RESPONSABLE Y CANALES DE ATENCIÓN

Artículo 6. Datos del Responsable del Tratamiento

Para todos los efectos legales derivados de la gestión de bases de datos, el responsable legal del tratamiento de la información captada por la página web y canales comerciales del Proyecto Inmobiliario Residencial "The Point II" es la sociedad promotora y constructora encargada de su desarrollo, identificada para estos efectos institucionales como Fideicomiso Proyecto The Point II / Arkitec S.A.S., sociedad comercial legalmente constituida en Colombia, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C. Las comunicaciones oficiales relativas a esta política deberán dirigirse a sus oficinas centrales o a través de los canales digitales dispuestos específicamente para ello.

Artículo 7. Canales Institucionales de Contacto para Habeas Data

Los titulares de los datos personales podrán comunicarse con el área jurídica y de cumplimiento de protección de datos del proyecto, encargada de la atención directa de peticiones, consultas, quejas y reclamos, mediante la dirección de correo electrónico institucional datospersonales@thepoint2inmobiliario.com.co, o mediante comunicación física radicada formalmente en la oficina de correspondencia del proyecto. El Responsable garantiza la disponibilidad continua de estos canales con el fin de asegurar que cualquier derecho de consulta o reclamación sea tramitado de manera expedita dentro de los términos perentorios fijados por la ley colombiana.

TÍTULO V. CATEGORÍAS DE DATOS OBJETO DE TRATAMIENTO

Artículo 8. Datos de Usuarios y Prospectos en el Portal Web

A través de la plataforma web del Proyecto Inmobiliario Residencial "The Point II", se recolectan de manera electrónica datos personales orientados a la prospección comercial, el mercadeo y la atención al cliente. Estos datos comprenden de forma enunciativa pero no limitativa: nombres y apellidos completos, direcciones de correo electrónico personales o laborales, números de teléfono celular y fijo, datos sobre la capacidad económica presunta o rangos de ingresos declarados voluntariamente por el usuario para efectos de precalificación crediticia, intereses específicos respecto a las tipologías de apartamentos del proyecto, y la procedencia geográfica de la consulta.

Artículo 9. Datos de Clientes y Promitentes Compradores

Una vez un prospecto avanza en el proceso comercial y formaliza una separación, cotización formal, contrato de opción de compra o promesa de compraventa de las unidades residenciales de "The Point II", se procede a realizar una recolección exhaustiva de datos para el cumplimiento de obligaciones legales, financieras y contractuales. Esta información incluye de manera obligatoria: documento de identidad, estado civil, información laboral detallada, certificaciones de ingresos, declaraciones de renta, extractos bancarios, antecedentes comerciales, referencias personales y comerciales, información sobre el origen de los fondos destinados a la adquisición del inmueble con el fin de mitigar el riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, y datos demográficos detallados de los futuros residentes del inmueble.

Artículo 10. Datos de Proveedores y Contratistas

En el marco del aprovisionamiento, interventoría y desarrollo técnico de la obra del Proyecto Inmobiliario Residencial "The Point II", se captan datos personales de personas naturales que actúan como proveedores directos, asesores técnicos o subcontratistas. Los datos recopilados incluyen información de identificación legal, antecedentes penales y disciplinarios requeridos para la contratación, certificaciones de cumplimiento de seguridad social, afiliación a riesgos laborales, experiencia profesional, referencias comerciales de obras anteriores, cuentas bancarias para dispersión de pagos y estados financieros básicos.

TÍTULO VI. FINALIDADES ESPECÍFICAS DEL TRATAMIENTO

Artículo 11. Finalidades Comerciales y de Prospección

La información personal captada de usuarios y prospectos comerciales a través de la página web y otros canales digitales tendrá las siguientes finalidades explícitas y legítimas: remitir información publicitaria, ofertas comerciales, boletines informativos y estados de avance de obra relativos al Proyecto Inmobiliario Residencial "The Point II"; realizar segmentaciones de mercado y perfiles de consumo para optimizar las campañas publicitarias del proyecto; agendar visitas presenciales o virtuales a la sala de ventas; contactar telefónicamente o vía servicios de mensajería instantánea automatizada a los interesados para brindar asesoría personalizada sobre planes de financiación, subsidios gubernamentales de vivienda aplicables y características arquitectónicas del inmueble; y evaluar la calidad del servicio al cliente prestado por el equipo comercial de la constructora.

Artículo 12. Finalidades Contractuales e Inmobiliarias

Respecto de los promitentes compradores y clientes efectivos del proyecto, el tratamiento de datos personales responderá a las siguientes finalidades esenciales para el desarrollo del negocio jurídico: gestionar la formalización del negocio de preventa y la posterior firma de la promesa de compraventa y de la escritura pública de adquisición; adelantar los trámites correspondientes ante entidades financieras para la consecución del crédito constructor o de los créditos hipotecarios individuales y cartas de aprobación de los clientes; tramitar los subsidios de vivienda ante las Cajas de Compensación Familiar o el Gobierno Nacional; realizar los procesos de facturación, cobro prejurídico y conciliación de saldos de la cuota inicial; coordinar la entrega física y material del inmueble residencial; gestionar los trámites de postventas, garantías técnicas estructurales y de acabados; y conformar la base de datos inicial aplicable para la constitución y entrega formal de la futura Propiedad Horizontal.

Artículo 13. Finalidades de Prevención del Riesgo de LA/FT

En estricto cumplimiento de las circulares emitidas por la Superintendencia de Sociedades y la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de prevención del riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (SAGRILAFT o regímenes equivalentes), los datos de los clientes y proveedores serán cruzados periódicamente contra listas de control vinculantes nacionales e internacionales, tales como las listas de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), listas de la Organización de las Naciones Unidas, y bases de datos de personas expuestas políticamente (PEP). Esta finalidad resulta obligatoria e indispensable para el mantenimiento de la relación contractual, y su negativa impedirá la celebración de los contratos correspondientes.

TÍTULO VII. DERECHOS DE LOS TITULARES DE LA INFORMACIÓN

Artículo 14. Catálogo de Derechos Fundamentales de Habeas Data

De conformidad con el artículo 8 de la Ley 1581 de 2012, el titular de los datos personales recopilados por el Proyecto Inmobiliario Residencial "The Point II" goza de un conjunto de derechos inalienables que puede ejercer en cualquier momento:

El primer derecho consiste en conocer, actualizar y rectificar de manera gratuita sus datos personales frente a los Responsables o Encargados del Tratamiento, derecho que se podrá ejercer, entre otros, frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado debidamente.

El segundo derecho es solicitar prueba de la autorización otorgada al Responsable del Tratamiento, salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el tratamiento de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la ley. El tercer derecho radica en ser informado por el Responsable o el Encargado del Tratamiento, previa solicitud, respecto del uso real y las finalidades operativas que se les ha dado a sus datos personales.

El cuarto derecho faculta al titular para presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la ley de protección de datos y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen, previo agotamiento del trámite de consulta o reclamo ante el Responsable. El quinto derecho es solicitar la supresión del dato o la revocatoria de la autorización mediante los procedimientos legales establecidos, cuando en el tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales, o cuando la Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado administrativamente que el responsable ha incurrido en conductas contrarias al ordenamiento. Por último, el titular tiene derecho a acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de tratamiento por parte del proyecto.

TÍTULO VIII. PROCEDIMIENTOS PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS

Artículo 15. Legitimación para el Ejercicio de los Derechos

Los derechos de Habeas Data consagrados en esta política y en la ley penal y civil colombiana solo podrán ser ejercidos directamente por las siguientes personas debidamente acreditadas: por el titular de la información, quien deberá adjuntar copia simple de su documento de identidad; por sus causahabientes en caso de fallecimiento del titular, quienes deberán acreditar dicha calidad mediante el correspondiente registro civil de nacimiento o de defunción y copia del proceso de sucesión según corresponda; por el representante legal o apoderado general o especial del titular, previa presentación del poder debidamente otorgado con las formalidades legales; y por las personas facultadas por ley para representar los derechos de los niños, niñas o adolescentes.

Artículo 16. Trámite de Consultas

Las consultas formuladas por los titulares o sus causahabientes que tengan por objeto conocer la información personal que reposa en las bases de datos de "The Point II" serán atendidas por el área encargada en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de su legítimo recibo. En aquellos eventos excepcionales en los cuales no fuere posible atender la consulta dentro del término inicialmente señalado, el área jurídica informará previamente al interesado, expresando con claridad los motivos institucionales de la demora y señalando de forma expresa la fecha en que se resolverá de fondo su petición, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término legal.

Artículo 17. Trámite de Reclamos, Rectificaciones y Supresiones

Cuando el titular o sus causahabientes consideren que la información contenida en una base de datos del proyecto debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes legales, podrán presentar un reclamo formal. Este reclamo deberá contener la identificación del titular, la descripción detallada de los hechos que dan lugar a la reclamación, la dirección física o electrónica para notificaciones, y los documentos que se pretenda hacer valer como prueba.

Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción para que subsane las fallas observadas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento institucional sin que el solicitante presente la información complementaria, se entenderá legalmente que ha desistido del reclamo. Una vez recibido el reclamo con el lleno de los requisitos, se introducirá en la base de datos respectiva una leyenda que indique "reclamo en trámite" en un término no mayor a dos (2) días hábiles. El término máximo para resolver el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo completo, prorrogable por un término máximo de ocho (8) días hábiles adicionales previo aviso motivado al titular de la información.

TÍTULO IX. DATOS SENSIBLES Y DE MENORES DE EDAD

Artículo 18. Restricción y Excepciones en el Tratamiento de Datos Sensibles

El Proyecto Inmobiliario Residencial "The Point II" prohíbe de manera general el tratamiento de datos sensibles, salvo que se configure alguna de las excepciones taxativas de ley y medie autorización expresa, reforzada y cualificada del titular. En los eventos en que se requiera la captura de datos biométricos, tales como registros fotográficos o huellas dactilares para el ingreso a las instalaciones físicas de la sala de ventas o zonas comunes por razones exclusivas de seguridad, se informará al titular de manera explícita que la entrega de dicha información es de carácter totalmente facultativo, indicando los medios alternativos disponibles para su identificación legal.

Artículo 19. Protección Reforzada de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

El tratamiento de datos personales de niños, niñas y adolescentes por parte del proyecto está proscrito de manera general en sus canales digitales de prospección comercial. En caso de que, por razones de adjudicación patrimonial, conformación del núcleo familiar residente o trámites de escrituración, se requiera el tratamiento de datos de menores de edad, se asegurará el respeto absoluto de sus derechos prevalentes. El tratamiento deberá contar con la autorización previa de sus representantes legales, garantizando en todo momento el derecho del menor a ser escuchado, y orientando el tratamiento exclusivamente a finalidades legítimas que redunden en su desarrollo integral y bienestar habitacional.

TÍTULO X. TRANSFERENCIA Y TRANSMISIÓN INTERNACIONAL DE DATOS

Artículo 20. Estándares Operativos en Transferencias y Transmisiones

Para el correcto funcionamiento de la página web, el almacenamiento de datos en servidores de computación en la nube, y el uso de herramientas globales de gestión de relaciones con clientes (CRM), el Proyecto Inmobiliario Residencial "The Point II" podrá efectuar transferencias o transmisiones internacionales de datos personales. El Responsable se obliga a verificar de manera previa que los países receptores de la información cuenten con niveles adecuados de protección de datos conforme a las directrices fijadas por la Superintendencia de Industria y Comercio. Asimismo, se suscribirán contratos de transmisión de datos que contengan cláusulas contractuales tipo destinadas a garantizar que el encargado internacional implemente medidas de seguridad idénticas o superiores a las establecidas en esta política.

TÍTULO XI. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y DEBERES DEL RESPONSABLE

Artículo 21. Medidas de Seguridad Técnicas y Administrativas

El Responsable implementará una infraestructura de seguridad robusta para blindar los datos personales contra accesos no autorizados, ataques informáticos, fugas de información o pérdidas físicas. Esto incluye el cifrado de datos en tránsito mediante protocolos criptográficos seguros (SSL/TLS) en la página web, el uso de firewalls avanzados, controles estrictos de acceso basados en roles de usuario para el personal de ventas y administrativo, auditorías periódicas de sistemas, y acuerdos de estricta confidencialidad con todos los empleados y contratistas que manejan información. Ante cualquier incidente de seguridad que comprometa la confidencialidad o integridad de los datos, el proyecto realizará la correspondiente notificación de brecha de seguridad ante la Superintendencia de Industria y Comercio dentro de los términos legales establecidos.

TÍTULO XII. MODIFICACIONES, VIGENCIA Y REGISTRO DE BASES DE DATOS

Artículo 22. Modificación de las Políticas de Tratamiento

El Proyecto Inmobiliario Residencial "The Point II" se reserva el derecho de modificar, adicionar o actualizar la presente Política de Tratamiento de Datos Personales en cualquier momento, con el fin de adecuarla a los cambios legislativos, desarrollos jurisprudenciales o modificaciones en el modelo de negocio inmobiliario. Cualquier cambio sustancial en las finalidades del tratamiento o en la identificación del responsable será comunicado de forma oportuna y oportuna a los titulares mediante la publicación de un aviso destacado en el portal web oficial del proyecto, o a través del envío de un correo electrónico directo a los titulares registrados, con una antelación mínima de diez (10) días hábiles a la entrada en vigor de la nueva política.

Artículo 23. Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD)

En caso de cumplirse los topes de activos totales exigidos por las normas regulatorias vigentes para la obligatoriedad del registro, el Responsable procederá a inscribir y mantener debidamente actualizadas sus bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio, detallando las categorías de datos, los canales de atención y las medidas de seguridad adoptadas, de conformidad con lo ordenado por el Decreto 886 de 2014.

Artículo 24. Vigencia de la Política y Período de Conservación de Datos

La presente Política de Tratamiento y Protección de Datos Personales rige a partir de su publicación oficial en el mes de julio de 2026 y tendrá una vigencia indefinida. Los datos personales recolectados se conservarán en las bases de datos del proyecto durante todo el tiempo que resulte razonable y necesario para cumplir a cabalidad con las finalidades comerciales, contractuales, civiles, tributarias y legales que justificaron su recolección original. Una vez extinguidas las finalidades del tratamiento o revocada la autorización por parte del titular, y siempre que no medie un deber legal o contractual de conservación, el Responsable procederá a la eliminación segura o anonimización definitiva de los registros correspondientes para impedir su posterior recuperación.